Skip to main content

Se vende local montado como resturante – Jerez de la Frontera

Venta Local comercial

sh25219 | 199m2

350.000€

Descripción

Oportunidad de negocio , aproveche este fantástico bar-restaurante , totalmente montado con una buena rentabilidad! Local de 200 metros cuadrados totalmente equipado y reformado hasta el ultimo detalle, se distribuye de la siguiente manera: En el interior encontramos un amplio comedor , zona de barra con persianas eléctricas para abrirlas al exterior , cocina totalmente equipada , dos cámaras frigoríficas una de frio y otra de congelación, aseo de señora y caballero , local insonorizado completamente , incluso paredes y columnas , maquinas de aire acondicionados, tv , mobiliario.. . Venga a verlo !!!

  • Local comercial
    Tipo de Propiedad
  • Venta
    Disponibilidad
  • 350.000€
    Precio
  • sh25219
    Referencia
  • Jerez de la Frontera
    Ciudad
  • 2004
    Año de Construcción
  • 199m2
    Superficie
  • 199m2
    Construida
Características
  • Terraza
  • Calefacción
  • Alarma
  • Luminoso
  • Puerta Blindada
  • En Primera Línea
  • Calificación Energética:
Localización

11405 Jerez de la Frontera(CADIZ)

Gastos e Impuestos

NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.