VIVIENDA EN EL CAMPO DE GOLF CON TODO TIPO DE LUJOS – Sanlucar de Barrameda
CS0125 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 54m2
CS0125 | 2 Dormitorios | 1 Baños | 54m2
Descubre esta excepcional vivienda situada en el prestigioso campo de golf en Sanlúcar de Barrameda, específicamente en la zona Martín Miguel. Este apartamento cuenta con dos amplios dormitorios y un acogedor salón que se conecta a una cocina office perfectamente equipada. Uno de sus principales atractivos es su espectacular terraza de 45 m², ideal para disfrutar del clima cálido mientras contemplas las impresionantes vistas hacia la piscina y las zonas comunes. Como característica adicional, este bajo tiene acceso directo a estas áreas recreativas. Incluye también un gran garaje para tu comodidad. Importante destacar que posee licencia turística lo cual representa una inversión inmejorable; además, está completamente amueblado y forma parte de una urbanización moderna dotada con ascensor. No te pierdas esta oportunidad única; aquí podrás jugar al golf todos los días mientras disfrutas cada tarde maravillosas puestas de sol.
11540 Sanlucar de Barrameda(CADIZ)
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.